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Espacio dirigido por el suscrito, licenciado en Derecho por la Barra Nacional de Abogados y especialista en Juicio Oral y Proceso Penal Acusatorio por el INACIPE. Encontrar谩s contenido jur铆dico y parte de nuestro trabajo. 馃摡 Cont谩ctanos
domingo, 12 de mayo de 2024
EJERCICIO DE EVIDENCIAR CONTRADICCI脫N (EJEMPLO CON FRAGMENTO DE AUDIENCIA).
EJERCICIO DE EVIDENCIAR CONTRADICCI脫N (EJEMPLO CON FRAGMENTO DE AUDIENCIA).
1. Preguntar al testigo, si ha rendido una declaraci贸n anterior sobre los hechos materia del juicio.
2. Preguntar al testigo si en dicha declaraci贸n, manifest贸 todo lo que sabia respecto a los hechos.
3. Preguntar al testigo si podr铆a reconocer dicha declaraci贸n.
Nota: Preguntar ¿por qu茅 la reconoce? Si dice que lo vivi贸, porque el hizo el documento etc, preguntar ¿usted firmo la entrevista?, cuando conteste si, preguntar ¿si lo tuviera a la vista lo reconocer铆a?
4. Solicitar al tribunal la oportunidad de evidenciar contradicci贸n.
5. Mostrar la declaraci贸n a la contraparte en lo relativo a lo que se desea evidenciar contradicci贸n (subrayado con alg煤n color).
6. Solicitar poner a la vista, al testigo la entrevista a trav茅s del auxiliar de sala.
7. Preguntarle si reconoce la entrevista y ¿Por qu茅 la reconoce?
8. Pedirle al testigo que lea en voz alta lo subrayado.
Nota:
Despu茅s del paso 7, he presenciado que el numeral 8, en algunas entidades lo llevan a cabo de la siguiente manera:
a) En el Estado de M茅xico a veces requieren, que la defensa, lea la parte subrayada en voz alta, para evidenciar que lo que manifest贸 el testigo en audiencia, no es lo que dijo en la entrevista.
b) En Guerrero, por ejemplo, piden que se le ponga a la vista, la entrevista al testigo y esta lea para s铆 lo subrayado y una vez que lo ley贸, a base de preguntas, debemos hacer que manifieste el testigo, que lo que est谩 en su entrevista no es lo que dijo previamente en la audiencia y,
c) Por 煤ltimo, en la Ciudad de M茅xico, solicitan que se le ponga a la vista, la entrevista al testigo y esta lea en voz alta lo subrayado, as铆, se evidencia que lo que manifest贸 previamente en la audiencia, no es lo que dijo en su entrevista.
En mi experiencia como litigante, lo correcto, es como lo he visto en la Ciudad de M茅xico, ya que al leer el testigo en voz alta lo subrayado, el juez puede contrastar que lo que ley贸 en voz alta, de la entrevista, no es lo que previamente manifest贸 el testigo en audiencia.
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domingo, 3 de marzo de 2024
PRESCRIPCI脫N DE LA SANCI脫N PENAL (ANTERIOR SISTEMA).
PRESCRIPCI脫N DE LA SANCI脫N PENAL (ANTERIOR SISTEMA).
Se plante贸 la prescripci贸n de la sanci贸n penal y nos fue concedida (anterior sistema).
viernes, 1 de marzo de 2024
CON POSTERIORIDAD, EL MP, SOLICITAR脥A AUDIENCIA DE REVISI脫N DE MEDIDA CAUTELAR, EN UN DELITO QUE AMERITA PRISI脫N PREVENTIVA OFICIOSA.
CON POSTERIORIDAD, EL MP, SOLICITAR脥A AUDIENCIA DE REVISI脫N DE MEDIDA CAUTELAR, EN UN DELITO QUE AMERITA PRISI脫N PREVENTIVA OFICIOSA.
Les muestro, el siguiente oficio, ya que no es com煤n, que el ministerio p煤blico, solicite una opinion t茅cnica, con el fin de que con posterioridad a que se realice la misma, sea la representaci贸n social, quien solicite una audiencia de revisi贸n de medida cautelar, en un delito que amerita Prisi贸n Preventiva Oficiosa, lo anterior como ciudadano y defensor me hace recobrar la confianza en las autoridades, que comprenden, que a煤n en delitos que ameritan Prisi贸n preventiva Oficosa, no siempre debe aplicarse la misma.
En lo toral dicho oficio a la letra dice:
...
Lo anterior, tomando en consideraci贸n QUE ESTA REPRESENTACION SOCIAL PRETENDE SOLICITAR AUDIENCIA PARA REVISION DE MEDIDA CAUTELAR EN LA QUE HARA LA SOLICITUD AL JUEZ DE LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA CAUTELAR POR LA COLOCACION DEL LOCALIZADOR ELECTRONICO, esto con fundamento en lo dispuesto por los art铆culos 161 y 167 del Codigo Nacional de Procedimientos Penales, en relaci贸n con ...
jueves, 29 de febrero de 2024
ACUERDO FGJCDMX/13/2021.
ACUERDO FGJCDMX/13/2021.
POR EL QUE SE EXPIDEN LOS LINEAMIENTOS Y EL PROCEDIMIENTO
QUE DEBER脕N DE OBSERVAR LOS AGENTES DEL MINISTERIO P脷BLICO PARA LA APLICACI脫N DE
LOS CRITERIOS DE OPORTUNIDAD ESTABLECIDOS EN EL ART脥CULO 256 DEL C脫DIGO NACIONAL
DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN RELACI脫N CON LOS DELITOS A LOS QUE SE REFIERE EL
ART脥CULO 248 DEL C脫DIGO PENAL PARA EL DISTRITO FEDERAL, Y RESPECTO A LA
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